Gobierno mete en cintura a bancos y favorece a clientes en solución de reclamos

Redacción CBNnoticias     Julio 6,2012

Jim Flaherty (centro) ministro de Finanzas de Canadá.

Ottawa (CBNnoticias) – A partir de ahora, los canadienses cuentan con una nueva herramienta a la hora de buscar la solución de un reclamo hecho a una entidad bancaria.

El ministro de Finanzas de Canadá, Jim Flaherty, anunció  hoy la puesta en marcha de un sistema especial de reclamación ante los bancos, a través del cual se favorece a los clientes para que sean respetados sus derechos y haya una solución oportuna y acorde con las circunstancias.

En primer lugar, se aprobó una ley que: obliga a todos los bancos nacionales y los bancos extranjeros a pertenecer a un sólo organismo externo de fiscalización de quejas aprobado por el gobierno federal, y da la facultad a la Agencia Financiera del Consumidor – FCAC (sigla en inglés)  de supervisar y hacer cumplir las nuevas normas.

En segundo lugar, las nuevas medidas establecen requisitos explícitos que los organismos externos de quejas deben cumplir para la aprobación de un reclamo, incluyendo un alto nivel de independencia, oportunidad y transparencia.

De esta manera, las entidades bancarias estarán supeditadas a la supervisión y fiscalización de una entidad externa controlada por el gobierno, en todos los casos relacionados con reclamos o quejas que provengan de los clientes, antes de emitir su concepto.

“Estas nuevas reglas radicales darán más poder a los consumidores que buscan resolver una disputa con su banco, mediante la creación de un fuerte sistema de reclamación independiente para el consumidor. Por primera vez, se establece un marco estándar de reclamación en todos los bancos a favor del consumidor y se obliga a los bancos extranjeros a cumplir con estas normas”, dijo el ministro de Finanzas de Canadá, Jim Flaherty.

El nuevo sistema de control también exige a los bancos que cooperen con sus clientes y el organismo de fiscalización externa en el proceso de las denuncias. Por ejemplo, informando a los clientes el nombre y contacto del ente externo que conoce la queja, de tal modo que los consumidores sepan claramente con quién comunicarse cuando haya controversia.

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